Me va a caducar el carné de conducir: ¿cómo lo renuevo?

23.03.2020

Es un trámite bastante sencillo de realizar y tienes dos formas de hacerlo. Te las contamos.

Si todavía no has tenido que renovar carnet de conducir, quizá ni siquiera te hayas preguntado cuál es el procedimiento a seguir, dónde se lleva a cabo esta labor o qué documentos vas a tener que presentar.

Te respondemos a esta y otras cuestiones para que, cuando llegue el momento, no tengas ninguna duda al respecto.

¿Cuándo tengo que renovar mi licencia de conducir?

El carné que te permite circular legalmente tiene una validez de 10 años, en el caso de los que te hacen apto para conducir turismos y motos; los denominados de clase B, para la mayoría de vehículos ligeros de cuatro ruedas, y los de clase AM, A1, A2 y A,destinados a los usuarios de motocicletas de distinta cilindrada.

Esto, si eres menor de 65 años, porque si ya los has cumplido o tienes más, la validez se reduce a 5 años.

Los permisos especiales para vehículos pesados (C1, C1+E, C, C+E, D1+E, D y D+E), caducan a los 5 años en el caso del primer grupo de edad, mientras que, los que ya hayan soplado las 65 velas en la tarta de cumpleaños, deberán renovarlo cada 3 años.

También debes tener en cuenta que, aquellos que hayan perdido todos los puntos del carné o que no cumplan con los requisitos (por ejemplo, las aptitudes psicofísicas necesarias), no podrán llevar a cabo este procedimiento o, en caso de enfermedad o discapacidad, pueden ver recortado el período de validez del permiso de conducir.

Tampoco tienes derecho a renovación si un juez te ha privado del derecho a circular con este tipo de vehículos o si te han retirado dicha licencia.

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Si cumples con todos los requisitos, ya estás preparado para conocer el procedimiento a seguir, que puede realizarse a partir de los 3 meses anteriores a la caducidad o incluso una vez que haya perdido validez.

No te preocupes por ir con mucha antelación a renovarlo, ya que el nuevo carné de conducir tendrá vigencia a partir del día que haya caducado el anterior.

¿Qué documentos preparo y a dónde tengo que llevarlos?

Mejor te contestamos primero a la segunda parte de la pregunta, ya que, dependiendo del lugar al que acudas, necesitaras más o menos documentación.

La primera y mejor opción, a nuestro parecer, es acudir a un Centro de Reconocimiento Médico, que llevará a cabo todo el proceso burocrático y nos evitará tener que pasar por la Jefatura de Tráfico, entre otras cosas.

Una vez allí, tendrás que presentar físicamente el DNI o pasaporte, prestando especial atención en que no esté caducado.

En el caso de los extranjeros comunitarios, tendrán que presentar la autorización de residencia o documento de identidad de su país o Pasaporte, así como el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Para los no comunitarios, bastará con la autorización de residencia para extranjeros.

Dicho sea de paso, no valen las fotocopias ni los documentos que estén caducados.

La tasa por renovación que hay que pagar actualmente es de 24,10 euros (gratis para los mayores de 70 años) y, tras el desembolso y firma de la solicitud que nos aportan, nos realizarán una foto en el propio centro, seguido de la exploración médica (que también hay que pagar y su importe dependerá del centro al que acudamos) que acredita si somos o no aptos en el Informe de Aptitud Psicofísica, que se envía de forma telemática a Tráfico.

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La alternativa a esto es presentarse en el Centro de Reconocimiento Médico y únicamente realizarte el examen médico para, posteriormente, completar los trámites burocráticos en la Jefatura de Tráfico.

No tiene mucho sentido, aunque económicamente te puede resultar algo más asequible, en el caso de que quieran cobrarte algo extra por dicho trámite con la DGT (aparte de la tasa), que los hay que lo hacen. A cambio, tendrás que perder más tiempo, acudiendo primero al reconocimiento psicofísico (donde deberás abonar dicho examen) y, posteriormente, a la Jefatura de Tráfico de tu ciudad, donde tendrás que presentar la documentación necesaria y abonar la citada tasa, es decir, 24,10 euros en este año 2019. Todos los impresos y procedimientos están disponibles tanto de forma presencial como por vía telemática en la web de la DGT.

Allí habrán recibido el informe del Centro de Reconocimiento al que hayas ido, por lo que ya solo te quedará presentar tu DNI, Pasaporte o tarjeta de residencia, una foto de 32 x 26 milímetros en color y a tamaño carné o similar y un talón-foto firmado, que también encontrarás en la Jefatura.

El nuevo permiso de conducir te llegará a la dirección que hayas indicado, sea cual sea la modalidad que hayas elegido, en un plazo de entre uno y dos meses. Mientras, dispondrás de un resguardo de la renovación que te darán en el momento y que tiene vigencia durante los tres meses siguientes.

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